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domingo, 17 de abril de 2016

ENLACES OFICIALES:



Circulares y Actas: http://www.ceip.edu.uy/PROYECTOS/normativa/circulares/

 
SALIDAS DIDÁCTICAS: REGLAMENTACIÓN DE SALIDAS DIDÁCTICAS Circular132_13.pdf

ALIMENTACIÓN ESCOLARPROGRAMA DE ALIMENTACIÓN ESCOLAR



DOCUMENTO BASE  DE ANÁLISIS CURRICULAR  (Sugerido su uso conjunto con Programa por Insp. de Práctica):

Marco curricular para la atención y educación de niñas y niños uruguayos desde el nacimiento a los seis años:   MARCO CURRICULAR 0 A 6 AÑOS 


INASISTENCIAS ALUMNOS
 (Pasos a  seguir. Reglamentación vigente) Fuente: Magazine Gurí

Definición de inasistencia:
Circular Nº 655 de Secretaría General del CEP/1990
Se considera inasistencia a toda falta de niños que no concurren a clase cualquiera sea el motivo, salvo los casos de enfermedad debidamente documentados por medio de certificados médicos”.

Asistencia insuficiente
Se considera alumno con asistencia insuficiente aquel que asistió más de 70 días, pero menos de 140 en el año. En términos porcentuales más del 38% pero menos del 76% del total de días que debió asistir.
Abandono intermitente
Se considera alumno con abandono intermitente aquel que asistió hasta 70 días en el año, 38% del total de días que debió asistir.

Para dar cumplimiento a lo anterior cada Centro Educativo debe comunicar y cargar la información correspondiente del alumno que:
a)  no está concurriendo al mismo,
b) de concurrir, lo hace parcialmente o de modo infrecuente (asistencia intermitente),
c) presenta riesgo de abandono formativo o de no aprovechamiento
La constatación de alguna/s de estas situaciones debe producir una alerta en el sistema de información, permitiendo disparar mecanismos de actuación sobre la situación del alumno.
También deben configurarse mecanismos para hacer un seguimiento de las respuestas logradas y mantener el historial de alumnos que requirieron seguimiento e intervención.
INASISTENCIAS JUSTIFICADAS POR DIRECCIÓN: 
Cuando no excedan los 5 días hábiles continuos o discontinuos previa autorización del Mtro Director ante una nota presentada por la familia.
Enfermedad de un familiar directo del alumno.
Viajes o mudanzas de la familia.
Epidemia.
Etc. 
Cuando las inasistencias excedan los 5 días hábiles continuos o discontinus, dada una situación de gravedad que lo amerite, el Mtro Director deberá comunicarlos con la fundamentación correspondiente al Mtro. Inspector de la Escuela.

Circulares de Técnica: 
Normativa Inspección Técnica (VARIAS)

1)  PROYECCIONES 2017  CIRC 2/17
 http://www.ceip.edu.uy/documentos/normativa/tecnica/2017/Circular2_17_TECNICA.pdf

2) CIRC 1/2017  http://www.ceip.edu.uy/documentos/normativa/tecnica/2017/Circular1_17_TECNICA.pdf

 3) PLANIFICACIÓN CIRC 5/16
 http://www.ceip.edu.uy/documentos/normativa/tecnica/2016/Circular5c_16_TECNICA.pdf

4) PRINCIPIOS DE LA EDUCACIÓN CIRC 3/16 
 http://www.ceip.edu.uy/documentos/normativa/tecnica/2016/Circular3_16_TECNICA.pdf
Autoconsulta (Para acceso a: recibos, IRPF, foja):
http://190.0.152.4:10016/scep/servlet/login

Blog de Inspección Pando (Canelones Centro): http://docentespando.blogspot.com.uy/


RED MANDELA  Inclusión de niños con discapacidad ¿En qué consiste?
http://presidencia.gub.uy/comunicacion/comunicacionnoticias/red-mandela-irupe-buzzetti-ceip-integracion-inclusion


DOCENTES 4to, 5to y 6to CEIBAL EN INGLÉS: 





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